27/11/2020
Ordenanza municipal para la tramitación exprés de las licencias de obra menor para agilizar el procedimiento administrativo
 

El Ayuntamiento pone en marcha una ordenanza municipal para la tramitación exprés de las licencias de obra menor para agilizar el procedimiento administrativo

El Ayuntamiento de Noja pone en marcha la tramitación administrativa de la Ordenanza municipal de sometimiento a comunicación previa de determinadas obras menores, un nuevo servicio administrativo destinado a “facilitar y agilizar los trámites a los ciudadanos”. Se trata de una tramitación exprés de la licencia de obra menor de especial sencillez y simplicidad.

Para poder acceder a este trámite, los interesados deberán presentar toda la documentación requerida en la sede electrónica del Ayuntamiento de Noja o a través del Registro Municipal. Entre dichos documentos deberá haber una Declaración Responsable del solicitante en la que se comprometa a que las obras se incluyan en la Ordenanza Municipal que regula las licencias de obra menor y que se ajusten a los términos de la comunicación de dicha declaración, siempre bajo las normas de la buena construcción y seguridad, exigiendo a la empresa o autónomo encargado de ejecutarlas el cumplimiento de la legislación vigente.

Se abre ahora un periodo de 15 días hábiles para que los vecinos interesados, así como las organizaciones más representativas, remitan ideas, propuestas y sugerencias que consideren adecuadas, y que serán tenidas en cuenta para la redacción del texto de la Ordenanza. Dichas ideas podrán remitirse al email participacionciudadana@ayuntamientodenoja.com.

El alcalde de Noja, Miguel Ángel Ruiz Lavín, ha señalado que cada año son muchos los nojeños que solicitan una de estas obras para “realizar cambios en sus viviendas”.

La medida es un “importante paso para hacer la Administración más accesible a los ciudadanos”, e instaura una línea de simplificación y reducción de los trámites para agilizar los procedimientos.
En esta categoría se contemplarían, de este modo, las obras relativas al agua, la luz y el gas; el cambio o la modificación de la carpintería exterior, colocación de puertas y/o rejas en la fachada; reformas que no afecten a tabiques ni estructuras; derribo o construcción de tabiques; y pintar o restaurar fachadas. En todo caso, ninguna de estas obras podrá realizarse en un edificio protegido ni en un entorno de Bien de Interés Cultural (BIC).

Las obras deberán finalizar en un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de comunicación y no pudiendo transcurrir más de tres sin haberse iniciado las mismas. Terminadas las actuaciones, podrán ser inspeccionadas por los servicios técnicos municipales.

Ruiz Lavín ha subrayado que esta tramitación exprés “permitirá a los vecinos planificar con mayor seguridad y precisión aquellas obras que deseen o necesiten realizar”, evitando “largos tiempos de espera desde que se solicita hasta que se da el permiso de obra”.

El regidor ha puntualizado que “esta medida supone una mayor agilidad en los trámites”, y en este sentido ha asegurado que el objetivo es “lograr un proceso administrativo más sencillo y reducido” para los ciudadanos.





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