Edictos



11/10/2012
Aprobación, exposición pública del padrón del impuesto sobre Actividades Económicas de 2012, y apertura del período voluntario de cobro.

Aprobada por Decreto del alcalde-presidente el Padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2012, los recibos correspondientes serán puestos al cobro en periodo voluntario entre el día 15 de octubre y 18 de diciembre de 2012.

El lugar de pago será la Oficina de Recaudación, ubicada en la planta baja de la Casa Con- sistorial, abierta de lunes a vierne,s de 10,00 a 14,00 horas, y los sábados, de 10,00 a 13,00 horas, pudiendo hacerse uso de la domiciliación del pago a través de entidades bancarias.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 34 del Reglamento General de Recau- dación, en relación con los artículos 58 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago podrán ser: dinero de curso legal, transferencias bancarias o cheques nominativos a favor de Ayuntamiento.

A partir de la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de la aprobación del Padrón y por el periodo de 15 días, se abrirá un plazo de información pública en el que el Pa- drón estará a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento, a los efectos de comprobación y reclamación.

Contra la aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo podrán formularse recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública.

La interposición de recurso no precisará del previo pago de la cantidad exigida, ni detendrá la acción administrativa encaminada al cobro de la deuda a menos que el contribuyente solicite dentro del plazo de interposición la suspensión de la ejecución del acto impugnado, a cuyo efecto será preceptivo acompañar garantía por el importe total de la deuda que sea acorde a lo establecido en el artículo 14 del Texto Refundido de la reguladora de las Haciendas Locales.

Transcurrido el periodo voluntario de pago se iniciará el periodo ejecutivo, que determinará el devengo del recargo de apremio del 5% hasta que haya sido notificada la providencia de apremio, momento a partir del cual se exigirá el recargo del 10% del importe de la deuda no ingresada, hasta la finalización del plazo de ingreso de las deudas apremiadas, momento en el que se exigirá el recargo del 20%, así como los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Noja, 27 de septiembre de 2012.
El alcalde-presidente,
Jesús Díaz Gómez.

Regresar

Compromiso con la Protección de Datos Personales   -   Política de Cookies   -   Política de Privacidad