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15/2/2015
Bando sobre la instalación de las terrazas en el exterior de los locales

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Establecimientos Comerciales e Industriales y Equipamiento Comunitario.

Se hace saber que todos los establecimientos que deseen instalar terrazas en el exterior de los locales, tanto en vía pública como en terreno privado, están sujetos a autorización municipal. Los titulares de los establecimientos podrán obtener el modelo de solicitud para la mencionada autorización en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento, debiéndola presentar en el Registro General.

El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente disposición, podrá dar lugar a la apertura de expediente sancionador por instalación de terraza sin la preceptiva licencia municipal, con independencia del levantamiento y clausura de la instalación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Noja, 10 de febrero de 2015

EL ALCALDE PRESIDENTE

Fdo.: Jesús Díaz Gómez

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